Saltar al contenido

Solicitar Suspensión Pena Prisión

SOLICITAR SUSPENSIÓN PENA DE PRISIÓN

Han sido las constantes preguntar de una persona que le acaban de condenar a cumplir pena de prisión o pena de cárcel la que nos pregunta como evitar entrar en prisión si le han condenado a ello. En este blog te contamos alguna de las posibilidades de ello.

 

Como evitar la prisión o Como Solicitar Suspensión Pena

Por razones de política criminal, las condenas de privación de libertad no siempre tienen que hacerse efectivas. Tras sentencia condenatoria de prisión, es posible suspender el cumplimiento de dicha pena siempre que se cumplan los requisitos para ello impuestos por el legislador. Esto no quiere decir ni muchos menos, que cumpliendo los requisitos se otorga de forma automática, sino que esta facultad es potestativa del juez a través de un auto motivado.

 

Suspensión de la Pena en el Código Penal

Por razones de política criminal, las condenas de privación de libertad no siempre tienen que hacerse efectivas. Tras sentencia condenatoria de prisión, es posible suspender el cumplimiento de dicha pena siempre que se cumplan los requisitos para ello impuestos por el legislador. Esto no quiere decir ni muchos menos, que cumpliendo los requisitos se otorga de forma automática, sino que esta facultad es potestativa del juez a través de un auto motivado.

 

La suspensión de la pena de prisión

Tras la importante reforma del Código Penal mediante Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, en el tradicional régimen de sustitución de la pena pasa a ser regulado como una modalidad de suspensión, en virtud de la cual, el juez podrá sustituir la suspensión de la prisión, por la imposición de una pena de multa o de trabajos en beneficio de la comunidad.

La nueva redacción que nos encontramos de la lectura de los artículos 80 a 87 CP es resultado de la doctrina constitucional que aboga por limitar la vía penitenciaria si existiera una opción favorable para la rehabilitación del condenado y la erradicación de comisión de futuros delitos.

 

Suspensión Cumplimiento de Prisión

Establece el articulo 80 CP que: «Los jueces o tribunales, mediante resolución motivada, podrán dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a dos años cuando sea razonable esperar que la ejecución de la pena no sea necesaria para evitar la comisión futura por el penado de nuevos delitos«. 

Además se añade que el juez deberá tener en cuenta las circunstancias del delito cometido, y el esfuerzo en reparar el daño, así como los efectos a esperar de la propia suspensión. Notar que la existencia de antecedentes penales no será necesariamente causa de denegación de la suspensión de la pena de prisión (art. 80.2 del Código Penal), ya que los jueces no tendrán «en cuenta los antecedentes penales correspondientes a delitos que, por su naturaleza o circunstancias, carezcan de relevancia para valorar la probabilidad de comisión de delitos futuros (…)». 

El plazo de suspensión será de dos a cinco años para las penas privativas de libertad no superiores a dos años, y de tres meses a un año para las penas leves, y se fijará por el juez o tribunal, atendidos los criterios expresados en el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 80. Es importante a la hora de asesorar al cliente sobre como suspender la pena de prisión o como hacer que evite su ingreso en prisión, que se le indiquen estos parámetros ya que en los casos de posible reincidencia la condena se terminará alargándose. No siempre esta opción es la más rentable y esto lo debe aportar un gran abogado penalista a sus clientes.

 

Requisitos Suspensión Pena Prisión

El articulo 80.2 CP nos indica cuales son los requisitos necesarios para que «el juez podrá» suspender la pena de prisión o privativa de libertad. Así las cosas:

1.ª Que el condenado haya delinquido por primera vez. A tal efecto no se tendrán en cuenta las anteriores condenas por delitos imprudentes o por delitos leves, ni los antecedentes penales que hayan sido cancelados, o debieran serlo con arreglo a lo dispuesto en el artículo 136. Tampoco se tendrán en cuenta los antecedentes penales correspondientes a delitos que, por su naturaleza o circunstancias, carezcan de relevancia para valorar la probabilidad de comisión de delitos futuros.

2.ª Que la pena o la suma de las impuestas no sea superior a dos años, sin incluir en tal cómputo la derivada del impago de la multa.

3.ª Que se hayan satisfecho las responsabilidades civiles que se hubieren originado y se haya hecho efectivo el decomiso acordado en sentencia conforme al artículo 127. También es válido el compromiso de pago de las responsabilidades civiles en plazo prudente y atendiendo a la repercusión del delito.

 

Modelo Solicitud Suspensión de la Pena

 

AL JUZGADO DE LO PENAL/SALA Nº [Nº] DE [LOCALIDAD]

Procedimiento: [DESCRIPCION]

Número: [NUMERO] / [AÑO]

Don/Doña [PROCURADOR], Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Don/Doña  [PENADO], como consta debidamente acreditado en los presentes autos, con la asistencia del letrado penalista D. SOY TU ABOGADO, ante este Juzgado comparezco y como, mejor proceda en derecho DIGO:

Que en el procedimiento del que resulta la presente ejecutoria se dictó sentencia [SENTENCIA_NUMERO], ahora firme, mediante la que se condenó a mi representado/a Don/ Doña [NOMBRE_CLIENTE] a la pena de prisión de [PLAZO_ANIOS] años como autor de un delito de [DESCRIPCION], del art. [NUM_ARTICULO] del Código Penal, la presente parte SOLICITA SUSPENSIÓN (1) DE LA PENA DE PRISIÓN, en base al art. 80 del Código Penal y a los siguientes

HECHOS

PRIMERO: El condenado, en concordancia con los requisitos del apartado 2 del art. 80 CP, Don/ Doña [NOMBRE_CLIENTE] ha delinquido por primera vez, tal como se acredita con el certificado de antecendentes penales que se adjunta como documento [DOCUMENTO], y la pena a la que fue condenado no supera los dos años de prisión. Además, ha cumplido con la responsabilidad civil a la que fue condenado en la sentencia [SENTENCIA_NUMERO], y se ha hecho efectivo el decomiso (2) acordado en la misma sentencia, habiendo cumplido la obligación impuesta en cuanto a la facilitación de información exacta y suficiente sobre el patrimonio de acuerdo con lo establecido en el art. 589 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

SEGUNDO: Mi patrocinado se somete a la decisión del Juez/Tribunal de condicionar la suspensión al cumplimiento de las condiciones que considere oportuno, según el art. 83 CP (3), y se compromete a informar de manera inmediata sobre cualquier circunstancia relevante para valorar la peligrosidad del penado y la posibilidad de comisión futura de nuevos delitos, así como de los incumplimientos de la obligación impuesta o de su cumplimiento efectivo.

TERCERO: De igual manera, se somete a las medidas que el Juez/Tribunal acuerde en el marco del art. 84 del Código Penal (4)

No siendo necesaria la ejecución de la pena privativa de libertad para evitar la comisión futura de nuevos delitos máxime si la misma se somete a la adopción de alguna de las prohibiciones o condiciones mencionadas, es por lo que,

SUPLICO AL JUZGADO [JUZGADO] (A LA SALA) : Que se tenga por presentado este escrito, lo admita y dicte la oportuna resolución acordando la suspensión de la ejecución de la pena de prisión de [PLAZO_AÑOS] años que le ha sido impuesta, impuesta por la sentencia [SENTENCIA_NUMERO] de DD/MM/AÑO.

 Por ser de Justicia que se pide, en [LOCALIDAD] a DD/MM/AÑO

 

FIRMADO: PROCURADOR                                                          FIRMADO: LETRADO

 

 

ABOGADOS PENALISTAS MADRID

CONTACTO ABOGADOS

 

FRACCIONAMIENTO MULTA