Delito de Maltrato Animal y Abandono. Sentencias sobre Maltrato Animal

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En soy tu abogado somos abogados contra maltrato animal y abandono, especializados en todos los ámbitos de este delito contra los animales. Este articulo queremos dedicarlo a todos aquellos que han aprendido a defender a los animales y quererlos como uno más de la familia, rechazando las conductas de seres primates que los maltratan. 

Delito de Maltrato Animal y Abandono. Sentencias sobre Maltrato Animal

 

Qué es el delito maltrato animal

El delito de maltrato animal consiste en el maltrato injustificado de un animal, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual. Este delito no se aplica a todos los animales, solo protege a animales domésticos, es decir, que vivan bajo control humano o que no vivan en estado salvaje. 

El ordenamiento jurídico español protege la salud y la integridad física de los animales domésticos y otros afines que no vivan en estado salvaje. Por eso, el Código Penal incluye un delito específico de maltrato animal que fue modificado tras la reforma de 2015 para dar una respuesta más contundente a estos casos de violencia contra estos seres vivientes con sentimientos.

 

Código Penal maltrato animal

Dentro del CAPÍTULO IV del Título XVI del Libro II del Código Penal 2022, se regulan los “delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos“. Viene redactado por el apartado centésimo vigésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre), siendo regulado en los artículos 332 a 337 del Código Penal, aunque nosotros nos centraremos en el delito de maltrato animal regulado en el articulo 337 Código Penal.

El artículo 337 del Código Penal del Maltrato Animal

1. Será castigado con la pena de tres meses y un día a un año de prisión e inhabilitación especial de un año y un día a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, el que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual, a: 

  • a) un animal doméstico o amansado,
  • b) un animal de los que habitualmente están domesticados,
  • c) un animal que temporal o permanentemente vive bajo control humano, o
  • d) cualquier animal que no viva en estado salvaje.

2. Las penas previstas en el apartado anterior se impondrán en su mitad superior cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

  • a) Se hubieran utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida del animal.
  • b) Hubiera mediado ensañamiento.
  • c) Se hubiera causado al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal.
  • d) Los hechos se hubieran ejecutado en presencia de un menor de edad.

3. Si se hubiera causado la muerte del animal se impondrá una pena de seis a dieciocho meses de prisión e inhabilitación especial de dos a cuatro años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

4. Los que, fuera de los supuestos a que se refieren los apartados anteriores de este artículo, maltrataren cruelmente a los animales domésticos o a cualesquiera otros en espectáculos no autorizados legalmente, serán castigados con una pena de multa de uno a seis meses. Asimismo, el juez podrá imponer la pena de inhabilitación especial de tres meses a un año para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

Delito de abandono animal: artículo 337 bis

El que abandone a un animal de los mencionados en el apartado 1 del artículo anterior en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad será castigado con una pena de multa de uno a seis meses. Asimismo, el juez podrá imponer la pena de inhabilitación especial de tres meses a un año para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

 

Pena de Prisión por Maltrato Animal

Como hemos visto en el artículo 337 del Código Penal, se castiga con la pena de prisión de 3 meses y un día hasta incluso de 1 año de prisión al que “maltratare injustificadamente a un animal doméstico, amansado o que viva bajo control humano” causándole lesiones que puedan producir problemas en su salud o bien que les sometan a explotación sexual. 

Se impondrá la pena de prisión de 7 meses y medio hasta 1 año de prisión, a los que “maltratarán injustificadamente a animal doméstico causándole lesionesy además, que lo hagan empleando armas u objetos peligrosos, lo hagan con ensañamiento (aumentando deliberadamente su dolor), consigan causarle al animal la perdida de órgano o sentido, o este maltrato animal se ejecute en presencia de un menor de edad. 

Pena de inhabilitación para la tenencia de animales

Esta reforma de 2015 del Código Penal incorporaba como novedad de la pena de la inhabilitación especial para tenencia de animales o ejercer profesión relacionada con los animales, la cual imposibilita que, una vez condenado este sujeto por un delito de maltrato animal, se le prohibirá mediante sentencia condenatoria a esa persona para que adquiera otros animales por el tiempo que se fije en la sentencia. Lamentablemente, no se trata de una inhabilitación especial definitiva que impida que el maltratador de animales vuelva a tenerlos, sino solo durante el tiempo que se determine de condena.

Delito Leve de Abandono de Animales

Tras la reforma del Código Penal, se incluyó como articulo 337bis el delito leve de abandono de animales. Según este articulo, se castigará con pena de multa al que abandone animal doméstico en condiciones que puedan hacer peligrar su vida o integridad física. Además, se le podrá imponer por el juez la pena de inhabilitación para ejercer profesión relacionada con animales y tampoco podrá tener animales durante dicho periodo. 

Adopta o apadrina un animal: Colaboración de Soy tu Abogado

Si por alguna razón tienes un animal que no quieres (a pesar de que el te ame y de la vida por ti), te molesta en verano cuando te vas a ir de vacaciones (aunque el nunca lo haría) o te encuentras un animal caminando por la carretera o en cualquier lugar, siempre es recomendable que llames o acudas a las autoridades competentes o a una protectora de animales para que se hagan cargo de ellos. Recuerda que todos somos responsables de los animales, aunque puedes solicitar ayuda de protectora de animales rescue madrid.

Jurisprudencia Maltrato Animal. Últimas Sentencias Maltrato Animal 2022

Te dejamos algunas sentencias sobre el delito de maltrato animal. En los últimos años ha aumentado el número de condenas por delito de maltrato animal, aunque las penas son bastante débiles. A simple vista, sale más rentable matar a tu perro a golpes que conducir un coche borracho. El Código Penal tal vez sigue bastante anticuado como nuestros políticos que no reforman el Código Penal a la altura que se debe para proteger a estos indefensos.

Sentencia Penal Nº 75/2022, Audiencia Provincial de Lugo, Sección 2, Rec 71/2022 de 28 de Septiembre 2022

Absueltos 2 acusados por un delito de abandono animal del articulo 337 bis. Los hechos fueron que el 1/11/2017 una perra que vivía con un matrimonio se precipitó accidentalmente por la venta del piso en que vivía, cuando se encontraba sola en el interior de la casa. El animal fue recogido por la protectora y llevada a un hospital veterinario para ser tratada, siendo recomendable ser operada por las lesiones. Los dueños aparecieron a las 2 horas y se llevaron a la perra en contra de las indicaciones veterinarias. El 2/11/2017 los dueños llevaron a la perra a otra clínica la cual les indicó que debía ser operada, a lo cual los dueños se la volvieron a llevar. Fue el día 9/11/2017 cuando la Policía Local se presentó en el domicilio por orden del juzgado y se llevaron a la perra a operar, cuya acción fue un éxito, ya que el animal curó sin secuelas.

La Sentencia de instancia y de la Audiencia Provincial absuelve a los acusados porque “Pese a las explicaciones facilitadas por los veterinarios intervinientes, no ha quedado acreditado que los denunciados comprendiesen con exactitud los riesgos y consecuencias que para el animal conllevaba la ausencia de cirugía y mucho menos que los quisiesen

Sentencia Penal Nº 47/2022, Audiencia Provincial de Salamanca, Sección 1, Rec. 44/2022 de 27 de Septiembre de 2022

Se condena por delito de maltrato animal a un hombre con la pena de 6 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e inhabilitación para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con animales y para la tenencia de animales por DOS AÑOS, y al pago de las costas.

Los hechos son: ” El acusado Everardo , mayor de edad y sin antecedentes penales, el día 6/04/2019, sobre las 16:40 horas, encontrándose en la calle La Fuente de la localidad de Sando (Salamanca), con ánimo de maltrato animal injustificado y conociendo que necesariamente le causaría la muerte, disparó al perro raza bodeguero, con número de microchip NUM002 propiedad de Fidel , con un arma de aire comprimido de su propiedad marca Norica modelo Spider GRS, calibre 4,5 mm. de manera que causó la muerte inmediata del animal

 

Sentencia Penal Nº 27/2022, Audiencia Provincial de Valladolid, Sección 3, Rec. 199/2021 de 26 de Septiembre de 2022

Son condenadas dos mujeres como autoras de un delito continuado de maltrato animal. Una de ellas con alteraciones mentales, se la conde a NUEVE MESES de PRISIÓN , inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como DOS AÑOS y CINCO MESES de inhabilitación especial para el ejercicio de oficio, profesión o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales. A la otra,  se la condena a  ONCE MESES de PRISIÓN , inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, DOS AÑOS Y NUEVE MESES de inhabilitación especial para el ejercicio de oficio, profesión o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, debiendo indemnizar de manera conjunta y solidaria al Excelentísimo Ayuntamiento de Valladolid en la cantidad de 14559,67 €.

Los hechos son, que estas dos especímenes que fueron condenadas tenían un local en régimen de arrendamiento, y que tras varias llamadas de vecinos por molestias de ruidos y ladridos probinientes de ese local, se personaron las autoridades encontrando 52 animales “raza Yorkshire” de los cuales 17 eran cachorros metidos en transportin o en jaulas pequeñas en unas condiciones lamentables. Los 52 animales tuvieron que ser tratados por el Ayuntamiento de Valladolid y por protectoras siendo que uno de los adultos murio, sin que pueda certificarse que fuera por las condiciones en que se encontraban.

Sentencia Penal Nº 347/2022, Audiencia Provincial de Granada, Sección 2, Rec. 271/2022 de 14 de Septiembre de 2022

Es condenada una mujer por un delito de abandono animal a la PENA DE MULTA DE TRES MESES A RAZÓN DE 6 EUROS/DÍA.

Los hechos por las que se la condena son, que la acusada dejó a dos caninos -sic- de raza Mastín en una finca de su propiedad sita en la parcela NUM000 del Polígono nº NUM001 de Belicena, encontrándose cercada con una vallada, con inobservancia manifiesta del cumplimiento de las obligaciones más elementales de todo cuidador, traducidas en la dejación de las referentes a alimentación y atención, poniendo en peligro la vida e integridad de los caninos.

Sentencia Penal Nº 418/2022, Audiencia Provincial de Madrid, Sección16 , Rec. 389/2021 de 26 de Julio de 2022

De los 23 acusados de delito de pertenencia a grupo criminal, banda organizada, delitos de maltrato animal continuado,  21 fueron condenados y 2 absueltos por los delitos que se les acusaba.

Se enjuiciaba a una banda que se encargaba de organizar eventos de peleas de perros con apuestas, y que tras denuncias e intervenciones telefónicas la UDEV de la policía intervino el evento que se estaba celebrado el 18/02/2017, deteniendo a todos ellos. La intervención fue durante la segunda pelea, siendo que la primera pelea ya se había celebrado, viendo como uno de los perros de raza Pitbull, dejó la pelea y su dueño lo saco fuera del recinto cerrado, le fracturó el cuello, le metió en una bolsa de plástico y lo enterró, lo que hizo que los agentes intervinieran antes. Los 27 detenidos tenían relación con la crianza y entreno para peleas de Perros PPP, especialmente Pitbull y Presa canario.

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