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QUÉ ES LA REAGRUPACIÓN FAMILIAR EXTRANJERÍA

La Reagrupacion Familiar es un derecho proporcionado por el Derecho de Inmigración en España y amparado por el Derecho de Familia que tienen todos los ciudadanos extranjeros con residencia legal España y que  y como consiste en el derecho de opción de traer junto a ellos a sus familiares más cercanos con el fin de mantener la unidad familiar. Tiene su base legal en Real Decreto 557/2011, de 20 de abril de 2011, en la Ley orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social. Así como en la Directiva 2003/86/CE, de 22 de septiembre, sobre el Derecho a la Reagrupación familiar.

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QUIEN PUEDE SOLICITAR REAGRUPACIÓN FAMILIAR

  Son beneficiarios del Derecho de Reagrupación Familiar o beneficiarios de esta, los familiares directos de la persona residente legal en España. Así, el extranjero que tenga residencia legal en España puede traer consigo a vivir a sus familiares más cercanos.  Los familiares que pueden ser reagrupados son: 

  • Cónyuge: Siempre y cuando no se encuentre separado de hecho o de derecho o el matrimonio haya sido en fraude de ley. 
  • Pareja de hecho: mediante la acreditación de estar registrada en cualquier Registro de Uniones de Hecho públicas o con la que mantenga una relación estable y que pueda ser probada.
  • Hijos: también se incluyen a los hijos adoptados -siempre y cuando sea posible acreditarlo mediante resolución-, siempre que sean menores de 18 años o estén incapacitados.
  • Menores de 18 años o incapacitados: Siempre y cuando el residente sea el representante legal de éstos.
  • Ascendientes en primer grado: Es decir, los progenitores del residente y de su cónyuge, cuando se encuentren a su cargo, sean mayores de 65 años y existan razones para la reagrupación. Excepcionalmente, si existen razones de carácter humanitario podrán reagruparse ascendientes menores de 65 años.

REQUISITOS REAGRUPACIÓN FAMILIAR

  Para poder acceder a este derecho se le podrán exigir al extranjero reagrupante ciertas condiciones entre las que se encuentran haber estado un mínimo de tiempo residiendo en España, que la persona residente en territorio nacional dispone de una vivienda adecuada y de tener medios económicos suficientes para cubrir las necesidades de él/ella y sus familiares.

Los familiares reagrupados también tienen que cumplir con ciertas condiciones para poder ser residentes temporales en España. Estos son:

  • No ser ciudadano de la Unión Europea.
  • Debe residir en el país de origen al momento de iniciar el trámite.
  • No tener antecedentes penales en los últimos 5 años.
  • No encontrase en situación irregular en España.
  • Abonar la tasa del procedimiento.

PROCEDIMIENTO REAGRUPACIÓN FAMILIAR

Como abogados expertos en reagrupación familiar te indicamos los pasos a seguir: 

1.- El reagrupante que quiera ejercer el Derecho, deberá solicitar la autorización de residencia por reagrupación familiar a favor de los miembros de su familia que desee reagrupar.

2.- El plazo de Resolución es de 45 días, una vez resuelta la solicitud, en el plazo de dos meses, el familiar que será reagrupado deberá, solicitar personalmente el Visado en el Consulado de España en el país de origen o donde resida.

3.- La Oficina consular comunicará en el plazo de dos meses la concesión del visado. Una vez notificada la concesión el reagrupado tiene un plazo de dos meses para recoger el visado y durante la vigencia del visado deberá ingresar en territorio español.

Durante el primer mes desde su entrada en España, deberá solicitar la tarjeta de Residencia temporal por reagrupación familiar. Esta tarjeta de residencia autoriza también a trabajar o por cuenta propia o por cuenta ajena. Se debe tener en cuenta que se tienen que pagar unas tasas en cada fase del procedimiento y cumplir conde terminados requisitos y documentos.

TIEMPO DE RESIDENCIA EN REAGRUPACIÓN FAMILIAR

     

El permiso de residencia temporal que se obtiene a través del familiar residente tiene una duración de un año. Antes de que finalice ese primer año, en los últimos 60 días de caducidad del perimo y durante los posteriores 90 días, se podrá realizar la renovación en la Oficina de Extranjería correspondiente, demostrando que todos los requisitos que se necesitaban permanecen inalterados. Tus abogados especialistas en reagrupación familiar realizan todas las gestiones.

TIEMPO DE REAGRUPACIÓN FAMILIAR

         El proceso depende de la rapidez con la que se obtengan tanto los requisitos requeridos como la propia documentación, sin embargo, se puede establecer un plazo aproximado de 4 a 5 meses desde el inicio del procedimiento.

 

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